PRIMERO: ADMITE la acción de amparo interpuesta por la ciudadana KARY ZOLEIDY RANGEL RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-16.654.671, contra HOTEL VENETUR MÉRIDA, en la persona del ciudadano Juan Carlos González Peña, en su condición de Representante Legal.
SEGUNDO: Se ordena la notificación del presunto agraviante HOTEL VENETUR MÉRIDA, en la persona del ciudadano Juan Carlos González Peña, en su condición de Representante Legal; de la Procuradora General de la República, de conformidad a lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para que comparezcan ante este Tribunal, a fin de conocer el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública, la cual será fijada y celebrada dentro de los cuatro (4) días siguientes a la oportunidad en que conste en el expediente la última notificación que se realice. Igualmente, se ordena remitir copias certificadas de la presente decisión y del escrito contentivo de la acción .....