Este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA, La extinción de la acción Penal, siendo una causa la prescripción de la acción Penal, por lo que sobresee la causa, instruida en contra de MEJIAS MEDINA JOSE RAMON, titular de la cédula de identidad N° V-11.224.299, residenciado en Guayabones frente a la plaza bolívar, vereda 3, casa Nº 2-32, El Vigía Estado Mérida; por la comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES SIMPLES y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 415 y 278 del derogado Código Penal, cometido en perjuicio de PUERTO DIAS ANA LEONOR, titular de la cédula de identidad N° V: 10.506.101, residenciado en Guayabones frente a la plaza bolívar, casa s/n, El Vigía Estado Mérida, de conformidad con los artículos 318 numeral 3, 48 numeral 8 del Código Or.....