Se declaró SIN LUGAR la oposición efectuada a la medida innominada decretada por este Juzgado en fecha 19 de agosto de 2004, sobre la protección a la producción agrícola existente en la finca o fundo denominado "Mi Refugio", cuya ubicación y linderos constan en autos, formulada mediante escrito de fecha 22 de febrero de 2006, por el abogado PABLO ENRIQUE RUIZ MARQUEZ, en su carácter de coapoderado judicial de la codemandada, ciudadana BETTY MARIA ENRIQUETA DAVILA; se confirmó en todas y cada una de sus partes el referido decreto de medida innominada, el cual fue ejecutado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 1º de septiembre de 2004, actuando por comisión librada por este Tribunal y se condenó a la codemandada, ciudadana BETTY MARIA ENRIQUETA DAVILA, al pago de las costas procesales, por haber resultado totalmente vencida en la.....