PRIMERO: Declara interrumpida la audiencia de juicio, de conformidad con el artículo 332, 335, y 337 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Ordena convocar y realizar nuevamente la audiencia de juicio para el día DIECISEIS DE MARZO DE DOS MIL DOCE (16-03-2012) a las DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, las partes quedaron debidamente notificadas en la audiencia. Líbrese boleta de traslado