El Tribunal declaró consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por el abogado JOSE ALFONSO MARQUEZ PEREIRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 4.468.197, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.941, en su carácter de co-apoderado judicial de la ciudadana MARISOL DEL VALLE CARRILLO SEGURA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº 12.655.504, domiciliada en El Pinar, Parroquia Florencio Ramírez, Municipio Caracciolo Parra Olmedo del Estado Mérida, contra el ciudadano ELIBARDO SANCHEZ GELVES, titular de la cédula de identidad Nº V-11.972.977, con domicilio en la carretera panamericana, sector "Las Pipas", casa Nº 98, La Fría Estado Táchira, por cobro de bolívares por daños ocasionados en accidente de tránsito.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se hizo especial pronunciamiento sobre cost.....