En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 eiusdem, este Juzgadora Temporal del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la prenombrada abogada THAIS ARMINDA FLORES MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.064.349 y de este domicilio, quien se desempeña como Secretaria Titular de este Tribunal, y así se decide.