En consecuencia, ESTE JUZGADO DE CONTROL Nº 05, considera que concurren los requisitos previstos y artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y en los artículos 250, 251 en su ordinal 1° y parágrafo segundo del Código Orgánico Procesal Penal, motivo por el cual se le decreta la orden de expedir ORDEN DE APREHENSION, solicitada por los representantes de la Fiscalía VI del Ministerio Publico, en contra del ciudadano WILLIAM ALEXANDER RODRÍGUEZ, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionado en el artículo 218 del Código Penal;, sólo a los fines de garantizar su ubicación y presencia, pues una vez como sea aprehendido y presentado ante este Tribunal, se le impondrá de inmediato de su situación jurídica y procederá este Tribunal a fijar oportunidad procesal para la celebración de la Audiencia Especial de conformidad con el articulo 46 de COPP. Se advierte al Ministerio Publico que los funcionarios que realicen la presente apreh.....