ordena elaborar Cómputo Actualizado para verificar el cumplimiento de pena para el prenombrado penado, y corregir supuesto error involuntario cometido en el Auto de Ejecución de Sentencia correspondiente al prenombrado penado, y a tal efecto se observa:
Que el penado CARLOS JESÚS LEAL PALACIOS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 10.918.245, natural de la Cañada, Distrito Urdaneta, Estado Zulia, nacido en fecha 28-02-1970, de 35 años de edad, soltero, pescador, hijo de Euro Jesús Leal Mendoza y Dora Elsy Palacios, residenciado en la población de Palmarito, Sector El Empujón, Parroquia Independencia, Municipio Tulio Febres Cordero, Estado Mérida, fue detenido en fecha 07-11-2004, permaneciendo en las mismas condiciones hasta el día 10.05.2.011 (en que se realiza el cómputo), es decir, por un período de tiempo de SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES Y TRES (03) DIAS. Ha sido objeto de las siguientes redenciones: 1.- En fecha 10.12.2.008, por DOS (02) AÑOS Y DOCE (12) DIAS; .....