Por lo antes señalado, este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA asumir totalmente el poder jurisdiccional sobre la presente causa y llevar adelante el juicio oral y público prescindiendo de los escabinos, en el proceso seguido a los acusados Alexander Avellaneda Orozco, Wilmer Avellaneda Orozco y Alberto Wladimir Araujo Briceño Alexander Coromoto Rodríguez Segovia, de conformidad con la sentencia vinculante dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha veintidós de diciembre de dos mil tres (22.12.2003) y ratificada mediante decisión de fecha dieciséis de noviembre de dos mil cuatro (16.11.2004). Asimismo, se ordena fijar el juicio oral y público por auto separado.
Notifíquese a las partes y a los acusados sobre el contenido de la presente decisión, y para tales efectos líbrense boletas de notificación. Certif.....