DISPOSITIVA.
Finalmente, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 40, 48.6, 318.3 ejusdem, en armonía con los artículos 2, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA:--------------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: Este Tribunal aprueba de conformidad con el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, el Acuerdo Reparatorio pactado entre la víctima y los acusados, por reunir éste los requisitos allí establecidos en la ley.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 48.6 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara la Extinción de la Acción Penal, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 318.3 ejusdem, se decreta el SOBRESEIMIENTO de la .....