este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 49 y 50 del Reglamento de los Centros de Tratamiento Comunitario, acuerda conforme lo solicitado, y en consecuencia, SE RENOVA EL PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL por el lapso de seis (06) meses mas, contados a partir del día 14-06-2013, debiendo el penado continuar cumpliendo con las obligaciones impuestas por el Tribunal al momento de otorgársele el permiso de supervisión especial y las que le imponga la Directora del Centro de Residencia Supervisada "Lic. Piedad Leonor Rodríguez", ubicado en la Av. Universidad, sector la Vuelta de Lola, Mérida, Estado Mérida, advirtiéndosele que en caso de incumplimiento le será revocado el presente permiso. Remítase copia certif.....