En consecuencia, éste Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda a favor del penado CARLOS AUGUSTO ARAQUE LOBO, titular de la cédula de identidad Nº 8.043.621, traslado por noventa (90) días, contados desde el 05/06/2018 al 05/09/2018, instando al DIRECTOR DEL CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGION ANDINA, que dicho traslado debe efectuarse CON LAS SEGURIDADES DEL CASO, a los Departamentos de Endocrinología, Oftalmología y Odontología del Instituto Autónomo del Hospital Universitario de los Andes (IAHULA) del estado Bolivariano de Mérida por padecer de diabetes y de dolor de muela. Líbrese los correspondientes oficios y boleta de traslado. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO
EL SECRETARIO;
ABG. LUIS ARAUJO
Se libraron oficios Nº______________________ y de traslado Nº________________ conste Srio.-