Este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 01, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara;
PRIMERO: ABSUELVE al acusado, JHONATTAN JHOJAKSO CARLACIO QUINTERO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.200.769, natural de Mérida, Estado Mérida, nacido en fecha 01-01-1.989, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio vigilante, con tercer año de instrucción, hijo de Nicolás Carlacio (v) y de Marisol Quintero (v) residenciado en el Sector Las González, Urbanización Villa Libertad, Bloque NAC2, Piso 3, Apto. 25, Estado Mérida, (Tlf. de su progenitora 0274-2453130); por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de El Estado Venezolano, por los hechos ocurridos en fecha 28 de octubre de 2.....