Este Tribunal decreta Medida de Embargo Preventivo parcialmente cumplido por el monto total ya señalado, quedando los bienes embargados resguardados internamente en un local que funje comercialmente y que forma parte de la estructura fisica del inmueble de la Estación de Servicio Arellano y CIA, parte demandada en este juicio, siendo la Depositaria Judicial la garante y velar como un buen padre de familia de los bienes objeto de la presente medida. En este estado la parte actora procede a colocar cadenas y candados en resguardo de los bienes. Este Tribunal coloca en posesión material, real y efectiva del representante legal de la Depositaria Judicial designada, quien lo recibe conforme y procede a colocar Cartel de información a la parte demandado y/o terceras personas que a bien tengan interes en este juicio. Seguidamente la Representante legal de la Depositaria Judicial los Andes C.A. Abg. Alba Zambrano ya identificada, solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expone.....