este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA: 1.- CON LUGAR la solicitud de los abogados OMAR GONZALO BELANDRIA VERA y JOSÉ RAMÓN CALDERÓN, actuando con el carácter de Defensores Privados del penado RAÚL RODRÍGUEZ MARMOLEJO, en relación a la NULIDAD ABSOLUTA del Auto de fecha 14 de noviembre de 2007, mediante el cual se revoca el Beneficio de Régimen Abierto, en contra del penado RAÚL RODRÍGUEZ MARMOLEJO venezolano, natural de Santa Bárbara Estado Zulia, nacido el 18 de junio del año 1974, de 34 años de edad, casado, de oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 22.548.385, domiciliado en el Sector La Inmaculada, Calle 14, Casa S/N, El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, actualmente recluido en el centro Penitenciario de la Región Andina; de conformidad con el artículo 49 numeral .....