´Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO: A tenor de lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 58, 62, 76 y 80 todos del Código Orgánico Procesal Penal, declina el conocimiento del presente asunto contentivo de la acusación presentada en contra del ciudadano PETER LUDWIG KIERMAIER RUMMEL . SEGUNDO: Se ordena la remisión de las actuaciones a un Tribunal de Primera Instancia que corresponda por distribución del Circuito Judicial Penal Extensión El Vigía. Se fundamenta conforme lo previsto en el artículo 26, 49, 253, 257, 334, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las disposiciones contenidas en los artículos 58, 62 y 80, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.- ´