En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, al ciudadano JOSE ANTONIO SAAVEDRA ANDRADE (hijo) de la causante DELIA JOSEFA ANDRADE DE SAAVEDRA, se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones