En consecuencia, éste Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda a favor del penado ERNESTO JESUS PINO TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 3.990.552; actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la región Andina (CEPRA) traslado por treinta (30) días, contados desde el 13/09/2017 al 13/10/2017, instando que dicho traslado debe efectuarse CON LAS SEGURIDADES DEL CASO, al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), de ésta entidad federal, a los fines de que le expidan cedula de identidad. Líbrese los correspondientes oficios y boleta de traslado. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO
EL SECRETARIO;
ABG. LUIS ANTONIO ARAUJO
Se libraron oficios Nº______________________ y de traslado Nº________________ conste Sri