Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de partición de bienes de la comunidad concubinaria, propuesta por el ciudadano MIRLA AMADO DE JESUS MEDIAN REY, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.026.858, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, contra la ciudadana YURIMAR DEL VALLE QUINTERO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.868.232, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, procédase a la liquidación de la comunidad de bienes, habidos durante la unión concubin.....