Este Tribunal Sexto de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO.- Se califica los hechos ocurridos como DELITO DE HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 455 ord. 5° del Código Penal, contra el imputado FIDEL ANTONIO RONDON RUIZ, venezolano, de 38 años edad, nacido en fecha 15-01-1963, cédula de identidad Nº 7.820.558, sin profesión definida, residenciado en pie del llano, bar el cazador cerveza El Zulia, Mérida; en perjuicio de la víctima ROBERT ALEXANDER TORO MANRIQUE.
SEGUNDO: Visto el Informe Psiquiátrico el cual se acuerda ser agregado a la causa, realizado por la Doctora Vitalia Rincón de fecha 11-10-04 mediante la cual recomienda Internación Urgente en colonia psiquiatra, durante un tiempo prolongado a fin de estabilizar sus condiciones mentales, tratamiento y control psiquiátrico por consumo compulsivo de droga y terapia f.....