PRIMERO: Condena al ciudadano:
3.	GUILLERMO ALBERTO MORET BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de Identidad N ° 10.900.513, de 32 años de edad,  de  estado  civil  casado, con fecha de nacimiento 19/06/1973, hijo de los ciudadanos  Jesús Alberto Moret y Rosalba de Moret, de  oficio latonero, con domicilio en la Bodega Los Altos, sector Los Limones, Tovar  calle  10, N° 8-11,  teléfono número: 0275- 8731657, Mérida, Estado Mérida. A cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley previstas en el Artículo 13 del Código Penal vigente, por la comisión de los delitos de ROBO  AGRAVADO DE VEHICULO  AUTOMOTOR, previsto  y  sancionado en el artículo 5 de la LEY SOBRE  HURTO  Y  ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, con las  agravantes contenidas en el artículo 1, ordinal 1° y artículo 6 ejusdem en sus numerales 1, 3 y 10; y por el delito de LESIONES  PERSONALES INTENCIONALES DE CARACTER  LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código  Pen.....