DECISIÓN:
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, actualiza el cómputo de la pena correspondiente al penado Miguel Antonio Rivas Paredes, verificándose el cumplimiento de pena corporal de seis años de presidio, por que se ordeno librar la boleta de excarcelación, correspondiente.-
Notifíquese a las partes. Anéxese copias certificada de la presente decisión a la boleta de notificación del penado, quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina. Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina. Ofíciese al Tribunal de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, remitiéndole copias certificadas de la presente decisión,.....