En consecuencia, este Tribunal considera procedente en derecho el referido convenimiento y lo HOMOLOGA conforme a la Ley y en virtud de ello, ordena el cierre del presente expediente y su remisión al archivo judicial, para su guarda y custodia.
Publíquese, regístrese y déjese para su archivo copia fotostática certificada de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en consonancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma, el contenido del presente decreto. Así se decide.
La Juez Titular,
Abg. Esp. Minerva Mendoza Paipa
El Secretario,
Abg. Gabriel Eduardo Peña B.
En la misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana, se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se hizo su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Juez Titular, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://merida.tsj.gov.ve/......