Decisión
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, revoca el destacamento de trabajo como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, que le fuera acordada al ciudadano JHONNY ANDRÉS ANGULO MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 83.654.130, el 27 de mayo de 2009, por cuanto el mismo incumplió las condiciones impuestas; declara sin lugar la solicitud de la defensa por infundada, siendo que el penado se encuentra EVADIDO, del Centro de Pernota "José Maria Olazo" desde el desde el 01/06/2009. Ofíciese a la Delegado de Prueba y a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión. Así se decide, cúmplase.
EL JUEZ
ABG. JOSE GERARDO PÉREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. .....