Vista, el acta suscrita en fecha 05 del presente mes y año suscrito por ante éste Tribunal por los ciudadanos: LUISANA MARIA VALERO BRICEÑO y JAVIER DE JESUS UZCATEGUI RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, la primera comerciante y el segundo electricista, titulares de las cédulas de identidad Nos: V- 17.864.868 y V- 19.795.293 en su orden, domiciliados ella en el sector La Raya, casa s/n y él en el sector Santa Cruz de Mijara, ambos de ésta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos especiales a favor de sus hijos (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de catorce (14) y cuatro (04) años de edad de la siguiente manera: el padre declaro su deseo voluntario de cancelar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos especiales a favor de sus hijos, en la cantidad de CIEN .....