Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Realizar el cambio de Dirección de Arresto Domiciliario del acusado FREDDY OMAR RAMIREZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.215.301, plenamente identificados en autos, a quien se le sigue causa por el los delitos de ABUSO SEXUAL SIN PENETRACION, previsto y sancionado en el artículo 259 encabezamiento de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y Adolescente, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de la víctima la niña A. V. M. V. (identidad omitida por razones de ley)hacia la siguiente dirección Urbanización La Inmaculada, a una cuadra del cementerio de Guayabones casa número 38, Guayabones Parroquia Eloy Paredes del Estado B.....