Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la DEMANDA, efectuado por la parte demandante y aceptado por la defensora judicial de la parte demandada en el mismo acto, en fecha 12 de noviembre de 2.006, en los términos contenidos en el mismo y en consecuencia, se ordena archivar el presente expediente, una vez firme la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. CAROLINA GONZÁLEZ MORALES
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
CGM/SQQ/dsf.-