DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara como flagrante la aprehensión del ciudadano: RAFAEL ALEJANDRO ESCALONA BENITEZ, natural del estado Mérida, nacido en fecha 02-02-1984, de 32 años de edad, titular de la cedula de identidad V-17.663.309, estado civil soltero, profesión u oficio: comerciante, domiciliado en: Pirineos 1, lote B, vereda 26, San Cristóbal del estado Tachira, otra dirección: Paseo Las Ferias, Residencias la Nena, piso 2, apartamento 2ª-5, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: Precalifica el delito como VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derec.....