Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 6 de noviembre de 2016, por el ciudadano AMANDO ANTONIO ANGARITA BOTTARO, actuando en nombre y representación propia, contra la sentencia dictada en fecha 3 de noviembre de 2017, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, mediante la cual, con relación al procedimiento de amparo constitucional interpuesto por el apelante contra la empresa mercantil SERVICIOS ESPECIALES LA INMACULADA C.A, declaró INADMISIBLE la acción propuesta.