PRIMERO: Sin lugar aclaratoria de la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 24 de noviembre de 2022, solicitada por la abogada en ejercicio MARLY ALTUVE, en su condición de apoderada judicial de la parte agraviada.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay especial pronunciamiento sobre costas.
TERCERO: En la forma antes señalada queda resuelta mediante esta sentencia la aclaratoria solicitada.