PRIMERO: Se ordena a los demandaos ciudadanos OLINTO JOSÉ JUÁREZ VILLAMIZAR y NABER MARÍA HERNÁNDEZ DE JUÁREZ, hacer entrega del inmueble arrendado, consistente en un apartamento ubicado en la Urbanizacion El Trapiche, Bloque 04, apartamento 02-03, Municipio Campo Elías del estado Mérida, a la ciudadana: LOURDES VALENTINA MOLINA RIVAS, en su carácter de Gerente de la Empresa "INMOVIVIENDA BIENES RAICES S.R.L.", libre de personas y cosas, cumpliéndose las condiciones acordadas en la referida homologación, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 526 y 528 eiusdem.- Es por ello que se ordena la apertura del Cuaderno de Mandamiento de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 604 del Código de Procedimiento Civil, encabezándolo con copia debidamente certificada del presente auto que lo acuerda, así como del Mandamiento de Ejecución Forzosa.- SEGUNDO: Se ordena oficiar a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA órgano adscrito al Minister.....