DECLARA CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana KARELIA DEL VALLE QUINTERO MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.500.381, domiciliada en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, contra el ciudadano JAVIER ALEJANDRO GARCIA PEÑALOSA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.350.156, domiciliado en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, con fundamento en la causal segunda referida al "Abandono Voluntario" contenida en el artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial entre los ciudadanos KARELIA DEL VALLE QUINTERO MARQUEZ y JAVIER ALEJANDRO GARCIA PEÑALOSA, ambos ya identificados, contraído por ante la Prefectura Civil hoy Registro Civil de la Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 04 de agosto del año 2001 (04/08/2001), tal como consta en Acta de Matrimonio signada con .....