de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y en las sentencias vinculantes de fecha 1º de febrero de 2000 y 18 de mayo de 2007, dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado, actuando en sede Constitucional, ordena la notificación del ciudadano ELI JACOB GODOY RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.780.484, para que, dentro de los dos (2) días siguientes a que conste en autos su notificación, excluidos de ese cómputo los días sábados, domingos y feriados, proceda a subsanar los defectos de que adolece la solicitud de amparo propuesta, a tal efecto, consigne un escrito libelar que contenga mayor detalle en cuanto de la vulneración constitucional que delata, con indicación más clara y precisa si se trata de vicios de la sentencia proferida por el juzgado presuntamente agraviante, dictada en fecha 09 de febrero de 2015, o en relación a .....