PRIMERO: La INCOMPETENCIA en razón de la materia y del grado de jurisdicción, para conocer la presente causa incoada por la profesional del derecho Alcira Chalbaud León en contra del ciudadano Orlando Tadeo Villavicencio Moreno. En consecuencia, se declina la competencia al Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que corresponda por distribución.
SEGUNDO: Remítase al Tribunal Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines que efectúe la distribución correspondiente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
CUARTO: Se ordena notificar del contenido del presente fallo a la parte intimante, abogada Alcira Chalbaud León.