"...este Juzgado Segundo de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dando cabal cumplimiento al fallo proferido en fecha 09 de abril de 2012 (fs. 161-184 – Pieza I), por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, declara: INADMISIBLE la RECONVENCIÓN o MUTUA PETICIÓN propuesta por el abogado en ejercicio Orlando José Ortiz, actuando con el carácter de coapoderado judicial del ciudadano Luis Owando Arenas Durán, contra el ciudadano Vicenzo Orgera Simeone, identificados en autos, por LUCRO CESANTE y DAÑOS Y PERJUICIOS; conforme a lo previsto en los artículos 365 y 366 del Código de Procedimiento Civil, en razón de la cuantía y la materia. Así se decide..."