´´PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS POR RAZONES DEPORTIVAS, suscrito y presentado por los ciudadanos ZOILA RAQUEL NEGRETE GOMEZ Y JUAN JOSÉ MONSALVE LUZARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-16.680.074 y V-16.680.026, en su orden, domiciliados en avenida Andrés Bello, casa S/N, sector Alto Chama, parroquia Juan Rodríguez Suarez, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles; a favor de su hija, la adolescente ZOE ANTONELLA MONSALVE NEGRETE, de doce (12) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-34.194.668, F.N.:24/06/2012, Pasaporte venezolano N° 196267106; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.
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