PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho, ejercido por el abogado Pedro Gerardo Belandria Rodríguez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Nelly Yolanda Araque Ruiz, parte actora en el asunto principal signado con el No. LP21-L-2011-000567, en contra del Auto de fecha 12 de abril de 2012, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
SEGUNDO: Se ORDENA al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, oír la apelación interpuesta en fecha 09 de abril de 2012, por el abogado Pedro Gerardo Belandria Rodríguez, con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante, contra el sentencia dictado en fecha 30 de marzo de 2012.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.