PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO RONDÓN, contra la FUNDACIÓN INSTITUTO DE PREVISIÓN DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (IPP-ULA). (Ambas partes identificadas en autos).
SEGUNDO: Se ordena a la FUNDACIÓN INSTITUTO DE PREVISIÓN DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (IPP-ULA), que cumpla de manera inmediata con la providencia administrativa Nº 00137-2011, de fecha 06 de julio de 2011, expediente Nº 046-2011-01-00111, referente al procedimiento llevado por ante la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida, que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano CARLOS ALBERTO RONDÓN.