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DISPOSITIVO
En virtud de las razones de hecho y de derecho, antes expuestos este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia formulada en data 20 de marzo de 2014, por el abogado José Luis Vásquez Navarro, con la condición de apoderado judicial de la parte accionada, en contra del fallo dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 19 de marzo de 2014, por el extinto Juzgado Primero de municipios Urbanos de esta Circunscripción Judicial, en el asunto signado con el número 0029.
SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido, que declaró:
"PRIMERO: COMPETENTE para proceder a la ejecución de la sentencia dictada en el presente expediente.....