DECISIÓN
Sobre la base de los razonamientos fácticos y jurídicos que se dejaron expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRASACCIÓN, suscrita en fecha 29 de Abril de 2024 por los ciudadanos JUAN ERNESTO VIZCARRONDO ROJAS Y ENDIRA JOSMINA MORA ROJAS, a través, de sus apoderados Judiciales Abgs. GLENDYS KISQUELLA PARRA Y AMERICO RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-11.469.454 y V-4.605.951, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nrs° 97.867 y 28.739, de conformidad con el artículo 1.713 del Código Civil en concordancia con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil se le impart.....