este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara
CON LUGAR la acción MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, intentada por la ciudadana MARÍA COROMOTO PUENTE SÁNCHEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.349.410, domiciliada en el Estado Bolivariano de Mérida, contra el ciudadano niño SE OMITEN NOMBRES, titular de la cédula de identidad N° V-31.440.483, de diez (10) años de edad, domiciliado en el Estado Bolivariano de Mérida, en su carácter de heredero conocido del extinto JOSÉ GREGORIO VIELMA ANGULO, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.714.268, UNIÓN ESTABLE DE HECHO existente desde el 06 de septiembre de 2003 hasta el 06 de septiembre del año 2011. SE.....