...". Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA PARTICIÓN DE LOS BIENES CONCUBINARIOS habida entre ellos, según la cual se hacen recíprocas y mutua adjudicación de los bienes adquiridos durante su unión, dándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Expídase copias certificadas mecanografiadas de la partición de bienes realizada y del presente auto que la homologa, a los fines de su registro y entréguese a los interesados. Archívese al expediente. CÚMPLASE.
La Jueza Provisoria
Abg. Carmen Yaquelin Quintero Carrero
La Secretaria Accidental
Abg. Ilda Contreras Rosales.
CYQC/ICR/mc.
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