, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REDIME LA PENA impuesta a favor del penado LUIS ENRIQUE TORO BERBESI, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, nacido el 08-11-72, casado, carpintero, titular de la cédula de identidad nro. V-13.098.518, por un tiempo de: CINCO (05) MESES, VEINTINUEVE (29) DÍAS y DOCE (12) HORAS, con motivo del trabajo realizado durante el tiempo de su reclusión dentro del Centro Penitenciario de la Región Andina y en la proporción establecida en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en armonía con lo dispuesto en los artículos 479, numeral 1° y 509 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que efectuada como ha sido la actualización del cómputo de pena, de conformidad con el artículo 482, Último Aparte del citado Cód.....