DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio nro. 01 Accidental, sección de adolescente, categoría unipersonal del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Declara interrumpido el debate y fija nueva fecha para la celebración del juicio oral y privado, categoría unipersonal, el día 28-07-2009 a las 11:00 a.m. Notifíquese a las partes tanto del abocamiento como de la presente decisión. Cúmplase.
Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 49 Constitucional 2, 4, 6, 16, 173, 332 del Código Orgánico Procesal Penal, 537 y 589 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Dada, firmada y refrendada, en el despacho de Juicio N° 01 Accidental, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, a los catorce (14) días del me.....