Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano: el ciudadano CARLOS JOSÉ PARRA MUÑOZ, contra la empresa: EMPRESA GUARDIANES PARAMACONI representada legalmente por el ciudadano: DIOCLES SIMON ANTONIO TORREALBA. Condenándose al ultimo al pago de la cantidad de CATORCE MIL NOVECIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. 14.917,30) por los conceptos antes señalados. Así se establece.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Publíquese, regístrese y déjese para su archivo, .....