este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:PRIMERO: Acuerda de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 479 numeral 1 eiusdem, la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO, a favor del penado DAVID MENDOZA ORTEGA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.499.377, natural de La Fría, Estado Táchira, nacido en fecha 08-04-1.968, de 40 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Ángel Mendoza (v) y de Betty Ortega (v), residenciado en el Sector Meza Grande, Calle 02, Casa Nº 02, La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira, actualmente pernoctando en el Centro de Pernocta "José María Olaso" del Estado Mérida; quien estará bajo la supervisión, orientación y control del centro de Tratamiento Comunitario "Dr. José Antoni.....