Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario en funciones de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: Admite totalmente el escrito acusatorio en contra del ciudadano DELIS MANUEL BRICEÑO VILORIA por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 1º del Còdigo Penal Venezolano.
SEGUNDO: Admite las pruebas por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes.
TERCERO: Condena al ciudadano DELIS MANUEL BRICEÑO VILORIA a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION más las accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano.
CUARTO: Mantiene la Medida Privativa Judicial de Libertad dictada en contra del ciudadano DELIS MANUEL BRICEÑO VILORIA hasta tanto el Tribunal de Ejecución decida lo conducente.
QUINTO: Una vez publicado el texto integro de la Sentencia Condenatoria, se remitir.....