SENTENCIA
Visto el anterior libelo de demanda, interpuesto por el ciudadano: ERICK ANTHONY MORALES PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.662.229, assitido por los abogados MARCELINO EDUARDO SILGUERO DUGARTE Y LUIS RODOLFO SIERRA VERGARA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 69.932 y 122.720, contentivo de Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, en contra de la empresa frigorífico industrial los andes (FILACA).
Ahora bien de la revisión efectuada a la petición presentada, el trabajador que realiza la solicitud de Reenganche y pago de salarios caídos efectivamente manifiesta que esta investido de inamovilidad laboral.
Este Tribunal para decidir observa: La Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y trabajadoras en su artículo 509 numeral 9 consagra: "Son obligaciones del inspector o inspectora del trabajo para el cumplimiento de la ley dentro de su jurisdicción:
9- Garantizar el reenganche y sustitución de derechos de lo.....