Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos del causante ELEAZAR ROJAS ARAQUE (+), quien era venezolano, títular de la Cédula de Identidad N° V- 2.208.587, a los ciudadanos PAULA ROJAS DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, títular de la Cédula de Identidad Nº V-8.004.753, por ser legítima cónyuge del causante y a los ciudadanos EDDY ROJAS ROJAS, NANCY FORMOCINA ROJAS ROJAS, DELMIRA ROJAS ROJAS, YEFRY ELEAZAR ROJAS ROJAS, YAJAIRA ROJAS ROJAS, EDGAR ANTONIO ROJAS ROJAS, YUBAL ENOC ROJAS ROJAS Y NUVIA DEL CARMEN ROJAS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, títulares de las Cédulas de Identidad Nº V-9.050.905, V-10.713.437, V-11.461.687.....