PRIMERO: Se decreta medida de protección a la producción agroalimentaria, presentada por presentada por la abogada MARIA AUXILIADORA IZARRA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.022.905, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.900, actuando como apoderada judicial de la empresa AGROPECUARIA MAR DE HIERBA, C.A., sociedad constituida y domiciliada en la ciudad de Caracas e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, de conformidad en los artículos 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y los artículos 305, 306 y 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre lote de terreno que forma parte de mayor de extensión denominado Hacienda El Amparo, se encuentra ubicado en el sector Km 48, Los Pozones, Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, constante de una superficie de Doscientos Cuarenta y.....